Revise si le toca sacar el nuevo salvoconducto

Daniel Romero (I)
Los salvoconductos vencerán el 31 de octubre. Foto: Archivo / ÚN

Los salvoconductos vencerán el 31 de octubre. Foto: Archivo / ÚN

Desde el 24 de septiembre del 2020 el Municipio de Quito será el encargado de otorgar los salvoconductos para los vehículos que desempeñan una actividad económica.

¿Para quiénes son?
– Transporte de materia prima, insumos y servicios de la cadena de producción alimentaria y personal que labora en la empresa.

– Distribución y comercialización de insumos, materias primas, empaques y servicios para la cadena de producción de medicamentos e insumos médicos y personal que labora en la empresa.

– Transportación de todo tipo de alimentos y bebidas; bebidas de moderación y animales.

– Traslado de productos y materia prima para procesamiento, empacado, traslado a puertos y aeropuertos incluyendo personal que labora en la empresa.

– Distribución de medicamentos.

– Distribución y comercialización de insumos, materias primas, empaques y servicios para empresas productoras de insumos de limpieza e higiene, servicio de limpieza, sanitización de ambientes, fumigación y personal de la empresa.

– Transporte de repuestos y productos para el mantenimiento, servicio técnico de emergencia, grúas para asistencia vehicular y personal de la empresa.

– Vehículos de personas que por salud deban trasladarse a una cita médica, exámenes, rehabilitación, diálisis, los requeridos por una orden de laboratorio.

– Transporte de personas y de pasajeros desde y hacia el Aeropuerto.

– Vehículos para el traslado de personas con discapacidad, con enfermedades catastróficas y raras, crónicas y adultos mayores, en casos de atención médica, terapias, traslado al lugar de trabajo o cualquier otra actividad que deba realizar.

– Vehículos de personas que trabajan en la cadena de producción de madera, metalmecánica y siderurgia, automotriz, textil, confección y construcción.
– Vehículos que brinden asistencia técnica a domicilio para instalación y mantenimiento o reparación de equipos y electrodomésticos.

– Vehículos que realizan logística y catering para sistema hotelero y sus trabajadores.

¿Quiénes están exentos del salvoconducto?
– Autoridades gubernamentales

– Servidores de la Salud Pública y Privada

– Funcionarios de Seguridad

– Personal de Vigilancia y Seguridad Pública

– Funcionarios públicos y personal privado que realizan actividades técnico-operativas de sectores estratégicos

– Servidores de la Función Judicial, Corte Constitucional, Contraloría General del Estado

– Servicios de courier

– Servicio de delivery o entrega a domicilio

– Ministerio de Inclusión económica y Social (MIES, Ayuda Humanitaria y Ministerio de Educación)

– Personas con discapacidad y/o adultos mayores

– Emergencia, Seguridad Pública, privada y Asistencia Social

– Transporte público

– Transporte comercial

¿Cómo se gestiona el salvoconducto?
Registre un usuario y contraseña en la página https://pam.quito.gob.ec/PAM/Inicio.aspx. Ahí existe un enlace a la página web https://salvoconductos.quito.gob.ec en donde se puede seleccionar tres tipos de permiso: cita médica (1 día), viaje al aeropuerto o actividad económica (a partir del 24 de septiembre).

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